CANCELACIÓN DE HIPOTECA

¿Qué hacer cuando terminamos de pagar nuestro crédito hipotecario?


Sucesiones

Aunque hayas terminado de pagar el adeudo a la institución que otorgó el crédito, para efectos registrales la hipoteca sigue vigente.

Para poder cancelar la hipoteca en el Registro Público correspondiente, es necesario que se haga una escritura donde la institución que otorgó el crédito comparezca a reconocer que ya no existe el adeudo y en tanto se proceda a la inscripción, para lo anterior hay que seguir los siguientes pasos:

1. Una vez liquidado el adeudo, se solicita a la Institución que otorgó el crédito que emita una carta donde indique que ya no hay adeudo y que instruya a un Notario Público para la elaboración del instrumento correspondiente.

2. El Notario elaborará el instrumento y recabará la firma de los representantes de la institución.

3. Posteriormente el Notario, previo pago de derechos, inscribirá el instrumento en el Registro Público Correspondiente para que la hipoteca quede cancelada.

4. Una vez inscrito, se le entrega su testimonio al cliente para que lo mantenga en su archivo con sus documentos.

Con este pequeño tramite, tendrás en orden tus documentos y podrás disponer de tus bienes de una manera más sencilla, ágil y sin contratiempos.

¡NO DEJES A MEDIAS TUS TRÁMITES, INFORMATE Y CONCLUYELOS!

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