DONACIÓN

¿Sabías que los regalos son donaciones y que las donaciones están reguladas en la Ley?


Sucesiones

¿Qué es la DONACIÓN?

En términos del artículo 2,332 del Código Civil para el Distrito Federal, vigente en la Ciudad de México, la Donación es un contrato, mediante el cual una persona transfiere a otra, de manera gratuita, una parte de sus bienes presentes.

Forma de la Donación

La forma depende si lo que se donará será un bien mueble (como dinero, acciones, etc,) o si se tratará de un bien inmueble.

La forma de la donación de bienes MUEBLES:

- VERBAL.- Sólo cuando el valor de los bienes no exceda de $200.00 M.N.

- ESCRITA.- Cuando exceda de $200.00 M.N. pero no rebase de $5,000.00 M.N.

- ESCRITURA PÚBLICA.- Cuando exceda de $5,000.00 M.N.

La forma de la donación de bienes INMUEBLES:

SIEMPRE deberá ser mediante ESCRITURA PÚBLICA y se deberán cubrir además todos los requisitos legales de una transmisión, así como el pago de los impuestos correspondientes.

Datos relevantes:

1. Se exentará el pago de ISR si la donación se realiza i) entre cónyuges; ii) los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto; y iii) los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado.

2. Para efectos de las donaciones de dinero, es muy importante tomar en cuenta que para hacer sus declaraciones, la autoridad correspondiente les solicitará que la donación se realice conforme a las formalidades antes mencionadas.

Para más información, comunícate con nosotros.

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